La DGI mediante la Gaceta Oficial, Resolución N°. 201-0251 del 12 de enero de 2022 actualiza los deberes de los usuarios del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá y los plazos para los usuarios no activos dentro del plan piloto.
Conforme al oficio toda persona natural o jurídica que facture electrónicamente, a partir del 01 de febrero de 2022 deberá realizar su registro en el Sistema de Factura Electrónica de Panamá (SFEP) de la DGI, a través del formulario de Declaración Jurada de Adopción de SFEP. Este mismo estará disponible en la plataforma e-Tax 2.0. Una vez el contribuyente presente la Declaración recibirá un certificado de recepción como constancia de presentación de la misma.
El oficio además detalla los parámetros con los que deberá cumplir el contribuyente que desee optar por facturar electrónicamente a través del Facturador Gratuito del Sistema de Factura Electrónica de Panamá, siempre y cuando tengan ingresos brutos anuales de hasta un millón de dólares y un volumen de facturación de hasta 200 mensuales.
Las personas naturales o jurídicas, que opten por el Facturador Gratuito, contarán con un plazo máximo de 15 días calendario, contados a partir la presentación de la Declaración Jurada de Adopción, para iniciar a facturar con este método.
La resolución comenzará a regir a partir del 01 de febrero de 2022 y deroga la resolución 201-4502 del 27 de mayo de 2021 y la 201-11114 del 01 de diciembre de 2021, asociadas a los deberes de los usuarios del Sistema de Factura Electrónica de Panamá.